Es administrar la Comuna, para satisfacer las necesidades locales y promover el desarrollo y progreso económico, social y cultural de la Comuna.
El Alcalde es la máxima autoridad de la Municipalidad y en tal calidad le corresponderá su dirección y administración superior y la supervigilancia de su funcionamiento.
– Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad.
– Proponer al Concejo la organización interna de la municipalidad.
– Nombrar y remover a los funcionarios de su dependencia de acuerdo con las normas estatutarias que los rijan.
– Aplicar medidas disciplinarias al personal de su dependencia, en conformidad con las normas estatutarias que los rijan.
– Administrar los recursos financieros de la municipalidad, de acuerdo con las normas sobre administración financiera del Estado.
– Administrar los bienes municipales nacionales de uso publico de la comuna que corresponda en conformidad a esta Ley.
– Otorgar, renovar y poner termino a permisos municipales.
– Adquirir y enajenar bienes muebles.
– Dictar resoluciones obligatorias de caracter general a particular.
– Delegar la facultad para firmar, bajo la formula “Por orden del Alcalde”, sobre materias especificas.
– Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que corresponda.
– Coordinar con los servicios públicos la acción de estos en el territorio de la comuna.
– Ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios para el adecuado cumplimiento de las funciones de la municipalidad y de lo dispuesto en el articulo 34 de la Ley Nº 18.575.
– Convocar y Presidir el Concejo, así como el Consejo Económico y Social comunal.
– Someter a plebiscito las materias de administración local de acuerdo a lo establecido en los artículos 99 y siguientes de la Ley 18.695.
– Autorizar la circulación de los vehículos municipales fuera de los días y horas de trabajo, para el cumplimiento de las funciones inherentes a la municipalidad.
El Departamento de Comunicaciones es una unidad asesora del alcalde, destinada a procurar un efectivo contacto del municipio con la comunidad y organizar y dirigir la participación municipal en los eventos o ceremonias oficiales que organice o aquellas a que deba concurrir el edil.
Este departamento tiene por objetivos el asesorar al Alcalde y las distintas unidades municipales en materias comunicacionales, tales como campañas, relación con los medios, imagen corporativa, coordinación de redes sociales y comunicación interna, entre otras funciones.
a) Entregar información oportuna y eficaz a la primera autoridad comunal, que se genere desde los diferentes medios de comunicación y que revista importancia para el municipio y la comunidad.
b) Supervisar la correcta aplicación de la imagen corporativa definida por la Municipalidad.
c) Elaborar estrategias de difusión, contenidos, diseño y producción de piezas gráficas, para las distintas unidades del municipio y supervisar su aplicación.
d) Crear y dirigir medios de difusión que vinculen a la municipalidad con la comunidad y que faciliten el buen desempeño de las funciones municipales.
e) Crear, coordinar y administrar las herramientas informativas de participación en las redes sociales.
f) Elaborar la política de comunicaciones internas del municipio, coordinar su ejecución y supervisar su correcto cumplimiento.
g) Producir y coordinar las actividades y ceremonias del municipio en que intervengan sus autoridades y unidades.
El principal objetivo del Departamento es Transparentar la información de la I Municipalidad de Tocopilla, dando cumplimiento al acceso a la información pública regulada en la Ley 20.285 promoviendo un sistema estatal más cercano, generando nuevos espacios para la participación y mejorando las exigencias de rendición de cuentas de la gestión pública.
Tiene como misión cumplir con las funciones que le asigna la Ley Nº 20.285, de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la administración del Estado, en lo que respecta a transparencia pasiva y activa.
• Coordinar todo el proceso de Solicitudes de Información ingresadas al municipio, desde su ingreso hasta la firma de la respuesta por parte de la autoridad y su posterior despacho, de acuerdo a lo solicitado por el requirente.
• Coordinar la labor de Transparencia en todo el municipio, supervigilando a encargados de TA, SAI y GD. Informando periódicamente de su gestión al Alcalde/sa.
• Precisar las funciones de los funcionarios de las oficinas que reciban solicitudes de acceso, en especial, Oficina de Partes y las Oficinas de Informaciones, Reclamos y Sugerencias.
• Determinar el responsable del sistema en línea de recepción de solicitudes y, de ser procedente, del sistema informático de acceso a la información.
• Definir a los funcionarios responsables de tramitar el procedimiento administrativo de acceso a la información y las funciones y atribuciones puntuales que tendrá para cumplir cada uno.
• Instruir (por sí o por intermedio de la autoridad) a todos los funcionarios municipales sobre la necesidad de apoyar y otorgar celeridad a los requerimientos que el o los responsables del procedimiento de acceso a la información les formule con ocasión de una solicitud o, en general, para mejorar el procedimiento.
• Hacer mención expresa a la responsabilidad de llevar un expediente administrativo por cada solicitud y el tratamiento documental del mismo.
• Disponer las delegaciones de firma correspondientes, en función a cada una de las etapas definidas.
• Establecer la forma de hacerse cargo de las observaciones formuladas en los procesos de fiscalización del Consejo para la Transparencia y en las decisiones de amparos.
• Coordinar la labor de TA en el municipio, velando por que todo el proceso en tiempos, formas y calidad de la información a publicar, se haga de acuerdo al Reglamento Interno de Transparencia.
• Recopilar la información de las distintas unidades generadoras y agruparla en función de las categorías que establece la Ley de Transparencia.
• Entregar la información al publicador para ser subida al portal municipal y supervisar que esta se publique antes del día 10 del mes.
a) Servir de Secretaría Técnica permanente del Alcalde y del Concejo en la preparación y coordinación de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna.
b) Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos de Plan Comunal de Desarrollo y de Presupuesto Municipal.
c) Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos y del presupuesto municipal, e informar sobre estas materias al Alcalde y al Concejo, en los plazos señalados en la Ley N° 18.695 L.O.C.M.
d) Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
e) Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna.
f) Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
g) Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
h) Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal.
i) Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones.
j) Confeccionar el documento denominado “Cuenta Pública”, mediante la recopilación y sistematización de las actividades de gestión de la Municipalidad, debiendo remitirlo a la Dirección de Gabinete de Alcaldía
k) Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones
l) Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión proporcionados por las unidades a su cargo y remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.
m) Todas aquellas demás funciones que le asigna la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y el Alcalde de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculados al cargo Secretario Comunal de Planificación.
Es proyectar la acción financiera de la gestión municipal a través de la formulación de planes, programas, proyectos y mantener actualizada la Ejecución del Presupuesto y llevar a cabo los procesos de las Licitaciones, de conformidad a la Ley N° 19.886, Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, para la adquisición de bienes y servicios necesarios cumplir las funciones de la Municipalidad y tendrá las siguientes funciones generales:
a) Formular y proponer, en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas, los proyectos del Plan Financiero y Presupuestario Municipal conforme al Plan Comunal de Desarrollo, de manera que implementen los programas y proyectos que éste contemple en las áreas sociales, físicas, económicas y, en general, municipales.
b) Evaluar el cumplimiento del Plan Comunal de Desarrollo en su aspecto financiero presupuestario.
c) Elaborar, proponer y programar, en coordinación con otros departamentos municipales, la inversión municipal en el área administrativa interna.
d) Controlar y efectuar el requerimiento presupuestario de las obras y programas en ejecución, en las que se encuentra comprometida la inversión municipal.
e) Diseñar, implementar y mantener archivos de los planes, programas y proyectos elaborados por esta unidad.
f) Procesar la información presupuestaria enviada por la Dirección de Finanzas.
g) Coordinar el proceso presupuestario y financiero de los proyectos formulados, evaluados, aprobados y en ejecución, según su financiamiento con el sectorialista del área.
h) Realizar las adquisiciones de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de las funciones municipales.
i) Elaborar las Bases Administrativas Generales y Específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de todas las adquisiciones municipales referentes al cumplimiento de las funciones asignadas al municipio y aquellas relacionadas con la comunidad.
j) Llevar a cabo el proceso de licitaciones, de conformidad a la Ley N° 19.886, Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de bienes y servicios para cumplir cada una de las funciones establecidas.
k) Confeccionar una Base de Datos de todos los procesos de compra que lleve a cabo.
l) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
Es la unidad de la Secretaría Comunal de Planificación encargada de la ejecución de los diseños y estudios para las obras que postulan a fuentes de financiamiento tanto externas como internas y tendrá las siguientes funciones:
a) Elaborar o encargar a terceros los diseños de urbanismo, arquitectura e ingeniería, requeridos por los proyectos de inversión que presenta la Secretaría a las distintas fuentes de financiamiento.
b) Diseñar, elaborar y mantener una cartera de proyectos susceptibles de financiar con fondos propios o externos, cada proyecto con sus especificaciones técnicas y bases requeridas por los diseños y proyectos que formula la Secretaría Comunal de Planificación.
c) Elaborar las cubicaciones y análisis de costos de los diseños y proyectos que elabora la Secretaría.
d) Obtener los Permisos de Edificación y/o Urbanización, previo a la preparación de los antecedentes técnicos para los procesos de licitación pública, privada o contratación directa, para ejecutar obras propias del municipio, como también las que sean encargadas por terceros, o las modificaciones a éste, por cambio en el proyecto durante su ejecución.
e) Mantener y actualizar el Registro de Contratistas del Municipio y su calificación.
f) Realizar la tramitación administrativa y técnica de las modificaciones a los proyectos en ejecución, debiendo remitir a los Inspectores Técnicos de Obra, el Decreto Alcaldicio que aprueba o regulariza las modificaciones y sus correspondientes antecedentes para su ejecución.
g) Realizar la tramitación administrativa correspondiente para obtener el permiso de “Recepción Definitiva de Obra/Urbanización” ante la Dirección de Obras Municipales
h) Prestar apoyo técnico al Asesor Urbano, en los procesos de modificación o actualización del Plan Regulador Comunal (Planos y Planes Seccionales, Enmiendas y Ordenanzas Locales, entre otros).
i) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
j) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
a) Asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal, en la promoción del Desarrollo Comunitario.
b) Prestar asesoría técnica a las organizaciones comunitarias, fomentar su desarrollo y legalización, y promover su efectiva participación en el municipio.
c) Proponer y ejecutar, cuando corresponda, medidas tendientes a materializar acciones relacionadas con asistencia social, capacitación laboral, deporte y recreación, promoción del empleo y fomento productivo local.
d) Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
e) Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
f) Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión proporcionados por las unidades a su cargo y remitirlos al administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.
g) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director.
a) Dar cumplimiento, a través de su acción, al rol social de la Municipalidad, a sus objetivos sociales generales y a los programas de desarrollo social comunal.
b) Promover la formación, funcionamiento y coordinación de organizaciones comunitarias, prestándoles asistencia técnica.
c) Participar, según corresponda, en la aplicación de planes, programas y proyectos sobre la materia, que deban desarrollar otras entidades públicas y privadas de la comuna.
d) Asesorar al Alcalde, y demás organismos que corresponda, en materia de desarrollo comunitario y social.
e) Medir la eficacia en las labores del personal de su unidad.
f) Administrar y ejecutar los programas y proyectos sociales y comunitarios de la Red Social del Gobierno y los proyectos derivados de éstos, como la Unidad de Intervención Familiar, Chile Crece Contigo, Quiero mi Barrio, Casa de la Juventud, casa de la Infancia, entre otros de financiamiento municipal y/o externo.
g) Ejecutar los programas del área social del plan comunal de desarrollo, tales como el fomento y organización de la comunidad, la acción social, la asistencia social y la capacitación social.
h) Detectar y evaluar las aspiraciones y necesidades de la comunidad, y encauzar su satisfacción y solución, a través de la formulación, proposición y/o sugerencia de políticas sociales.
i) Elaborar y ejecutar programas deportivos/recreativos en distintas disciplinas que consideren las características propias de los habitantes de la Comuna.
j) Promover estilos de vida saludables a través de la práctica de actividades deportivas y recreativas, incentivando la participación y la adherencia de éstas, en los habitantes de la Comuna.
k) Evaluar la situación de estado de indigencia o necesidad manifiesta, a personas, para optar a ayuda social, si fuese el caso.
l) Mantener un registro actualizado de las organizaciones comunitarias territoriales y funcionales.
m) Proponer planes de capacitación para dirigentes comunitarios y funcionarios municipales respecto de materias que digan relación con los planes sociales del gobierno.
n) Administrar administrativamente, el uso de los recintos Deportivos y Recreativos de la Municipalidad.
o) Informar a Alcaldía semestralmente, sobre el estado de la infraestructura de los recintos deportivos.
p) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director.
a) Administrar y ejecutar los programas sociales de capacitación, acción y asistencia social, conforme al Plan de Desarrollo Comunal y los que establezca a través de las políticas públicas del Gobierno Central.
b) Ejecutar la aplicación, visita, ingreso y validación de información, que alimenta al sistema de Registro Social de Hogares.
c) Proporcionar capacitación en las diversas temáticas de la Dirección, que requieren los profesionales del área, que desarrollan sus funciones en los distintos Consultorios Municipales y Establecimientos Educacionales de la Comuna.
d) Propender y/o facilitar la coordinación y comunicación con los distintos servicios, organismos comunitarios e instituciones del área social de la comuna, a fin de lograr uniformidad de criterios en la aplicación de las políticas sociales de la Municipalidad y del Gobierno Central.
e) Ejecutar en tiempo y forma los convenios con otras instituciones públicas y/o privadas, que aportan fondos, para la solución de las problemáticas sociales de grupos familiares de extrema pobreza y otros sujetos de atención.
f) Complementar la atención integral a las necesidades de grupos familiares de extrema pobreza y otros sujetos de atención, de los distintos programas sociales municipales, financiados con fondos propios o externos.
g) Administrar, implementar y controlar la bodega del Departamento Social, con la finalidad de mantener un stock mínimo de bienes y productos, necesarios para satisfacer la demanda en casos sociales de emergencia
h) Evaluar la situación social a personas de escasos recursos (estado de indigencia o necesidad manifiesta), frente a situaciones de emergencias comunales (inundaciones y/o incendios u otros similares), entregando la ayuda material necesaria, si fuese el caso.
i) Ejecutar la aplicación, visita, ingreso y validación de información, que nutre al sistema de Registro Social de Hogares o el instrumento vigente de estratificación.
j) Difundir, gestionar y entregar beneficios económicos a través de la Beca Municipal.
k) Administrar los Subsidios que son parte de la Red Social de Gobierno (Subsidio del Agua, Subsidio Único Familiar, Pensiones Asistenciales).
l) Mantener registros y elaborar estadísticas de las atenciones y prestaciones proporcionadas por la unidad, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
m) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
a) Efectuar diagnósticos, estudios y/o análisis para conocer la realidad, necesidades y requerimientos de las distintas organizaciones territoriales y funcionales de la comuna, con la finalidad de planificar acciones tendientes a orientar y/o dar respuestas satisfactorias, mediante proposiciones y/o sugerencias, a los requerimientos detectados, lo anterior, de acuerdo a la disponibilidad de recursos humanos y financieros.
b) Promover, incentivar, fortalecer y asesorar la conformación y desarrollo de las organizaciones comunitarias de la comuna, en el cumplimiento de las disposiciones legales para su constitución y funcionamiento, que faciliten el acceso a los distintos beneficios que otorgan tanto las instituciones públicas y/o privadas, de acuerdo a su realidad específica, manteniendo su independencia, como lo consigna la normativa vigente.
c) Promover, fortalecer, capacitar y apoyar la participación y desarrollo de los dirigentes y pobladores de cada unidad vecinal y funcional, de acuerdo a sus propios intereses y necesidades.
d) Crear, promover y fortalecer los canales de información que permitan una comunicación efectiva entre los dirigentes de las unidades vecinales y funcionales con la Municipalidad.
e) Prestar apoyo a las organizaciones comunitarias de la comuna, en las postulación a fondos de financiamiento concursables de carácter local, regional, nacional y/o internacionales, de instituciones públicas y/o privadas, que permitan el mejoramiento de intervención en territorio.
f) Apoyar, coordinar y fortalecer los esfuerzos de las organizaciones vecinales y funcionales, en la búsqueda de soluciones a sus problemáticas, para que se transformen en el motor de su desarrollo y por ende el de la comuna.
g) Promover la creación y participación de las organizaciones vecinales y funcionales en las Uniones Comunales Territoriales y Funcionales.
h) Difundir y promover la participación de las organizaciones comunitarias en el Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil (COSOC).
i) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza del Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
j) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
a) Dirigir las actividades de Secretaría Administrativa del Alcalde, del Concejo Municipal y del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil.
b) Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
c) Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la Ley N° 18.575.
d) Llevar el registro municipal a que se refiere el artículo 6° de la Ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.
e) Llevar el registro municipal a que se refiere la Ley Nº 19.862, que establece Registros de las Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos.
f) Dirigir y organizar la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS), velando por el estricto cumplimiento del objetivo de la misma y sus funciones.
g) Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
h) Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
i) Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión proporcionados por las unidades a su cargo y remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.
j) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director, vinculadas al cargo de Director.
a) Recepcionar e ingresar en el sistema de correspondencia municipal, toda la documentación recibida en la Municipalidad, para su distribución.
b) Asignar el número de Orden de Servicio y/o Providencia en forma correlativa a los documentos que reciba.
c) Ingreso de Ordenes de Servicios y/o respuestas de Alcaldía y Administración Municipal, al sistema de correspondencia y su distribución a las unidades internas o externas, que corresponden.
d) Recepción, registro y custodia de antecedentes de las personas jurídicas o naturales, que participen en licitaciones o concursos que realice la Municipalidad.
e) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza la Oficina, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
f) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Secretario Municipal, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
a) Realizar la auditoría operativa interna de la municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación.
b) Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal.
c) Representar al alcalde los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible, de acuerdo a la modalidad señalada en el artículo 29°, letra c) de la ley N° 18.695 L.O.C.M.
d) Representar al Concejo Municipal el déficit presupuestario que advierte.
e) Colaborar directamente con el concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras.
f) Preparar un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario.
g) Informar trimestralmente al Concejo Municipal, sobre el estado de cumplimiento de los pagos por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales y de los trabajadores que se desempeñan en servicios incorporados a la gestión municipal, administrados directamente por la municipalidad o a través de corporaciones municipales, de los aportes que la municipalidad debe efectuar al Fondo Común Municipal, y del estado de cumplimiento de los pagos por concepto de asignaciones de perfeccionamiento docente.
h) Dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones de informes que le formule un concejal.
i) Asesorar al concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquél puede requerir en virtud de esta ley.
j) Realizar en forma trimestral una presentación en sesión de comisión del concejo, destinada a que sus miembros puedan formular consultas referidas al cumplimiento de las funciones que le competen.
k) Velar por la observancia de las normas de Transparencia Activa en la Municipalidad.
l) Informar al Concejo Municipal sobre el grado de cumplimiento de los objetivos de gestión institucional y las metas de desempeño colectivo por áreas de trabajo, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 19.803.
m) Certificar la disponibilidad presupuestaria, para efectos de la aplicación de la Ley N° 20.922.
n) Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
o) Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
p) Sistematizar los indicadores de gestión de su unidad y remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.
q) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director.
a) Realizar la auditoria operativa, que se estime necesario de oficio, o a solicitud del Alcalde, Concejo Municipal u otro organismo externo de algún proceso municipal.
b) Revisar los proyectos de Decretos Alcaldicios de contenido patrimonial y/o presupuestario, en los aspectos de legalidad, financiamiento, Imputación Presupuestaria, cumplimiento de los procedimientos y respaldo documentaciones.
c) Revisar las rendiciones de cuentas por transferencias al sector privado, con excepción de las transferencias efectuadas a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta.
d) Realizar los exámenes de ingresos y egresos municipales de los ingresos y pagos efectuados.
e) Confeccionar los informes trimestrales sobre el estado de cumplimiento de los pagos por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales y de los trabajadores que se desempeñan en servicios incorporados a la gestión municipal, administrados directamente por la municipalidad o a través de corporaciones municipales, de los aportes que la municipalidad debe efectuar al Fondo Común Municipal, y del estado de cumplimiento de los pagos por concepto de asignaciones de perfeccionamiento docente.
f) Auditar los informes y estados financieros de la Municipalidad.
g) Revisar las Bases Administrativas y Bases Técnicas de las Propuestas Públicas y Privadas y de los Términos de Referencia de los Tratos Directos, previo a su aprobación mediante Decreto Alcaldicio.
h) Participar y/o asesorar en los estudios y proposiciones sobre la estructura de la Municipalidad.
i) Participar y/o asesorar en los estudios y proposiciones de reglamentos, manuales de organización, procedimientos y descripción de cargos escritos, entre otros a fin de certificar su apego a la legalidad vigente.
j) Asesorar a las distintas Direcciones en las materias propias, del área de control interno.
k) Revisar las rendiciones por gastos menores y fondos a rendir por comisiones de servicios de los funcionarios.
l) Velar por la aplicación de los criterios generalmente aceptados en la contabilización de las operaciones.
m) Revisar el criterio técnico seguido en las regularizaciones efectuadas en la contabilidad.
n) Confeccionar los Informes de Avance de la ejecución del presupuesto municipal vigente.
a) Asesorar al alcalde en la administración financiera de los bienes municipales, para lo cual le corresponderá específicamente:
1. Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales.
2. Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del presupuesto municipal.
3. Visar los decretos de pago.
4. Mediante la delegación de firma, Visar los Decretos Alcaldicio de aprobación de Bases Administrativas y Técnicas y adjudicación, de licitaciones hasta un monto de 100 UTM., previa visación de los Departamento de Contabilidad y de Gestión Administrativa.
5. Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto.
6. Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta bancaria respectiva y rendir cuentas a la Contraloría General de la República, y
7. Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.
b) Informar trimestralmente al concejo sobre el detalle mensual de los pasivos acumulados desglosando las cuentas por pagar por el municipio y las corporaciones municipales. Al efecto, dichas corporaciones deberán informar a esta unidad acerca de su situación financiera, desglosando las cuentas por pagar.
c) Mantener un registro mensual, el que estará disponible para conocimiento público, sobre el desglose de los gastos del municipio.
d) Remitir a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, en el formato y por los medios que ésta determine y proporcione, los antecedentes a que se refieren las letras b) y c) precedentes.
e) Realizar las gestiones necesarias para que informe trimestral y el registro mensual a que se refieren las letras b) y c) deberán estar disponibles en la página web del municipio.
f) Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
g) Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
h) Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión proporcionados por las unidades a su cargo y remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.
i) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director.
a) Llevar la Contabilidad Patrimonial de la Municipalidad de Antofagasta, en conformidad a las normas vigentes para el sector municipal y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto.
b) Confeccionar el balance anual de la Municipalidad, proporcionando los estados e informes contables que se requieran.
c) Mantener actualizado el valor de los activos y pasivos de la Municipalidad en conformidad a los inventarios del patrimonio municipal, como igualmente el ajuste anual por revaluaciones y depreciaciones del mismo.
d) Controlar los ingresos y egresos de fondos municipales en conformidad con las normas presupuestarias vigentes.
e) Mantener el registro y control de todos los documentos que den origen a obligaciones de carácter financiero de la Municipalidad con terceros.
f) Crear, registrar, mantener y actualizar los movimientos de Fondos Complementarios.
g) Llevar la Contabilidad Presupuestaria de acuerdo a las normas impartidas por las autoridades contraloras y financieras del Estado, emitiendo los informes presupuestarios para el control interno y externo de la Municipalidad.
h) Confeccionar, revisar la legalidad y visar los Decretos de Pagos y de Entero de Fondos, que emita la Municipalidad de conformidad a las normas vigentes, tales como Decreto Ley 1.263/75 que aprueba la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, las instrucciones y normas contables y presupuestarias emitidas por la Contraloría General de la Republica, tales como: Imputación y Disponibilidad presupuestaria, Órdenes de Compra, Facturas, Decretos Alcaldicios (Adjudicación y Aprobación de Contratos, si procede), entre otros.
i) Preparar el Balance Presupuestario Anual de la Municipalidad con las debidas notas explicativas sobre el comportamiento del ejercicio en el período.
j) Colaborar con la SECOPLAN, en la confección del proyecto de Presupuesto Anual de la Municipalidad de acuerdo con las instrucciones impartidas anualmente por el Ministerio de Hacienda.
k) Controlar y registrar el ítem de Iniciativas de Inversiones.
l) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
m) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
a) Recaudar los Impuestos y Derechos municipales.
b) Conservar y custodiar los fondos recaudados, las especies valoradas y demás valores municipales.
c) Manejar las cuentas corrientes bancarias de los Fondos Propios, Cementerio Municipal y de Administración de Fondos de Terceros, según instrucciones emanadas de la Contraloría General de la República y organismos pertinentes, para la administración de fondos especiales, efectuando su correspondiente control.
d) Confeccionar las autorizaciones de traspaso de fondos en línea dirigidos al Banco administrador de las cuentas corrientes municipales, debidamente firmado por los cuentadantes A y B, acreditando los motivos que lo originan, adjuntando las cartolas bancarias de las cuentas de origen y de destino.
e) Confeccionar mensualmente la Conciliación Bancaria de todas las cuentas corrientes municipales.
f) Custodiar los dineros existentes en caja.
g) Llevar registros por el cumplimiento de las leyes tributarias.
h) Efectuar la compra y venta, registro, control, custodia, entrega y rendición de las especies valoradas.
i) Efectuar la cobranza de impuestos y derechos municipales morosos.
j) Informar a los contribuyentes sobre los nuevos sistemas de pago de los tributos fiscales y municipales.
k) Recibir, registrar y custodiar toda clase de instrumentos de garantía y pólizas de seguro por responsabilidades (Póliza de Responsabilidad Civil, Incendios entre otras), extendidos a favor de la Municipalidad.
En el ejercicio de esta función deberá mantener un sistema de control y alerta del vencimiento de las garantías y pólizas entregadas a su custodia, debiendo informar con una anticipación prudente a las unidades municipales intervinientes de la caducidad, a fin de que soliciten oportunamente su ejecución o prorroga.
l) Efectuar el pago de las obligaciones municipales mediante cheques nominativos y/o pago masivo de proveedores y prestadores de servicios a honorarios, en este último caso deberá confeccionar las autorizaciones de traspaso de fondos en línea dirigidos al banco administrador de las cuentas corrientes municipales, debidamente firmado por los cuentadantes A y B, adjuntando la nómina de comprobantes de egreso.
m) Depositar en las cuentas corrientes, autorizadas del banco respectivo, los fondos recaudados.
n) Establecer cajas recaudadoras, en los lugares y por el tiempo que sean necesarias, para el cumplimiento los objetivos del Municipio.
o) Efectuar la rendición mensual de cuentas de la caja municipal, con sus ajustes y conciliaciones bancarias.
p) Diseñar, implementar y mantener un archivo con los documentos que ingresan y emite el Departamento.
q) Tramitar las firmas para los cheques, según designación de la Autoridad vigente.
r) Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones consignadas en el Contrato de Mantención de las Cuentas Corrientes Municipales.
s) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
t) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
a) Revisar, analizar, registrar, mantener, verificar y tramitar las solicitudes de otorgamiento y caducidad, según corresponda, de las patentes de alcoholes de la comuna, de conformidad a la normativa vigente (Leyes, Ordenanzas entre otros),
b) Revisar, analizar, registrar, mantener, verificar y tramitar las solicitudes de otorgamiento y caducidad, de las patentes municipales, comerciales, industriales y profesionales de la comuna, de conformidad a Ley de Rentas Municipales.
c) Mantener actualizado el Registro de Patentes de todas las actividades antes mencionadas, así como el correspondiente a la propaganda comercial de la comuna.
Para el ejercicio de esta función, deberá actualizar anualmente, el registro de contribuyentes de conformidad a la información proporcionada por el Servicio de Impuestos Internos.
d) Mantener y actualizar registro de los bienes inmuebles municipales que son entregados en arrendamiento o concesiones.
e) Ejecutar la obligación de cobrar los derechos de aseo cuando corresponda.
f) Ejecutar los cobros de quienes realicen iniciación de actividades y no hagan pagado sus patentes conforme a lo que se señala desde el Servicio de Impuestos Internos, artículo 23° de la Ley de Rentas Municipales.
g) Ejecutar los Cobros de patentes temporales que se establecen en el artículo 28° de la Ley de Rentas Municipales.
h) Controlar, registrar y enviar los antecedentes sobre término de giro, patentes provisorias y definitivas al departamento de Tesorería Municipal.
i) Ejecutar las devoluciones por cobro de patentes.
j) Estudiar, calcular, proponer y regular en el giro de cualquier tipo de ingresos municipales (excepto los Derechos de la Dirección de Obras Municipales y de la Dirección de Tránsito y Transporte Público).
k) Realizar los cobros establecidos en el artículo 41°, numeral 5° de la Ley de Rentas Municipales.
l) Coordinar y supervigilar la correcta implementación y ejecución del Convenio de funcionamiento de la «Oficina de Impuesto Territorial Municipal”, suscrito con el Servicio de Impuestos Internos el que fue aprobado mediante Decreto Alcaldicio N° 777/01 de fecha 08 de Agosto de 2001.
m) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
n) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
a) Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos.
b) Otorgar los permisos de circulación.
c) Determinar el sentido de circulación de los vehículos, en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competente.
d) Señalizar adecuadamente las vías públicas.
e) Aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte público en la comuna.
f) Proponer al Alcalde, para su dictación, normas de circulación, estacionamiento de vehículos, tránsito peatonal, funcionamiento de comercio en las vías públicas, y de cualquier actividad que afecte a la circulación vehicular o peatonal.
g) Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
h) Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
i) Deberá remitir las solicitudes de reparaciones menores de calzadas a la Dirección de Operaciones, para su ejecución, de acuerdo a la programación y disponibilidad de recursos de ésta última Dirección.
j) Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión proporcionados por las unidades a su cargo y remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.
k) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director.
a) Otorgar y renovar los Permisos de Circulación de acuerdo a la normativa vigente.
b) Confección y tramitación de solicitud de traslados de permisos de circulación.
c) Confección y tramitación de solicitudes de aprobación y rechazos de otras comunas.
d) Mantener un registro y archivo de permisos de circulación, ordenado correlativamente y al día.
e) Confeccionar cuadraturas diarias de los ingresos del movimiento del Departamento.
f) Inspecciones de control de taxímetros anualmente en el mes de mayo.
g) Giros de boletines de pago.
h) Realizar la homologación de vehículos que no se encuentran en el registro anual establecido por el Servicio de Impuestos Internos, para el cobro del Permiso de Circulación.
i) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
j) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
a) Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos, de acuerdo a la normativa vigente.
b) Dar cumplimiento estricto a la normativa de Transito.
c) Efectuar los exámenes correspondientes para la obtención de licencias de conducir, tales como: examen psicosensométrico, teórico o reglamento y práctico de conducción.
d) Solicitar los certificados de antecedentes de conductores.
e) Coordinar con la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, lo relacionado con la fiscalización, estadística, Escuelas de Conductores.
f) Mantener y custodiar las carpetas, registro y archivo de licencias, tanto presencial como on-line, ordenado correlativamente y al día.
g) Responsable de las especies valoradas (licencias de conducir) y su custodia.
h) Administrar el sistema de acceso y claves del sistema de licencias de conducir.
i) Efectuar trámites solicitados por los diferentes Tribunales de Justicia.
j) Atención de solicitudes o correspondencia recepcionadas de otras comunas.
k) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
l) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan la planificación urbana, urbanizaciones y edificación, en el territorio comunal.
Quien ejerza la Dirección de esta unidad deberá poseer indistintamente el título de Arquitecto, de Ingeniero Civil, de Constructor Civil o de Ingeniero Constructor.
a) La Dirección de Obras Municipales deberá asesorar al alcalde en el cumplimiento de las leyes, normas y disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, el Plan Regulador e instrumentos de planificación vigentes, Ordenanzas Locales y las Normas y Reglamentos de su competencia, que tengan validez dentro del territorio comunal.
b) La Dirección de Obras Municipales deberá otorgar el debido acceso a los documentos públicos que les sean solicitados por cualquier persona, de acuerdo con el principio de probidad y los artículos 11° bis. y 11° ter. de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
c) Estudiar los antecedentes, dar los permisos de ejecución de obras, conocer de los reclamos durante las faenas y dar recepción final de ellas, todo de acuerdo a las disposiciones sobre construcción contempladas en esta ley, la Ordenanza General, los Planes Reguladores, sus Ordenanzas Locales y las Normas y Reglamentos respectivos aprobados el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
d) Dirigir las construcciones municipales que ejecute directamente el Municipio, y supervigilar estas construcciones cuando se contraten con terceros.
e) Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.
f) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización.
g) Asesorar al alcalde en el cumplimiento de las leyes, normas y disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, el Plan Regulador e instrumentos de planificación vigentes, Ordenanzas Locales, Normas y Reglamentos que tengan validez dentro del territorio comunal.
h) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras y la información de urbanización y edificación de la comuna.
i) Proponer medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural y pronunciarse sobre los informes de mitigación de impacto vial presentados en la comuna a petición de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones o de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad.
j) Aplicar normas legales y técnicas para prevenir el deterioro ambiental.
k) Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
l) Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
m) Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión proporcionados por las unidades a su cargo y remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.
n) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director.
Como Jefe del Departamento de Administración de Educación Municipal me corresponde diseñar e implementar el proyecto educativo de la comuna de Tocopilla, mediante la gestión administrativa, financiera y técnica pedagógica de los establecimientos educacionales municipales, con el propósito de mejorar la calidad y equidad de la educación de la comuna
Administrar Justicia en la Comuna a través de la resolución de conflictos, en conformidad a las normas establecidas en la Ley.
El Juzgado de Policía Local de Tocopilla es un Tribunal especial que administra justicia en conformidad a la competencia establecida en la Ley N.º 15.231, y además en todas aquellas Leyes especiales, ordenanzas y decretos en los términos señalados por dichas normas jurídicas.
El Juzgado cuenta con un Juez titular, y con un secretario titular
Cuenta, además, con un equipo humano conformado por personal calificado y especializado para atender las materias de su competencia.
Se encuentra ubicado en el edificio consistorial, Avenida Anibal Pinto 1305, en el primer piso
Derechos:
1. Ser informado y recibir atención.
2. Derecho al Debido Proceso (en observancia estricta de los principios y garantías constitucionales y procesales)
3. A solicitar audiencias con el Juez en los casos, días y horas determinados.
4. A utilizar los mecanismos de impugnación establecidos en la Ley.
5. A solicitar exhorto: si la denuncia fuere motivada por infracciones o contravenciones cometidas por conductores de vehículos, en lugares o caminos alejados de la residencia del denunciado, éste podrá concurrir al tribunal y solicitar un Exhorto al J.P. L. de Tocopilla. (Debe acreditar que tiene su residencia en esta comuna).
6. A pagar con beneficio, para obtener rebaja de la multa en los casos señalados expresamente en la Ley.
7. A solicitar Permisos Provisorios para Conducir, solo en los casos que la ley faculta expresamente.
8. A tener a su disposición un Buzón de Felicitaciones, Sugerencias o Reclamos Administrativos.
Obligaciones:
1. Informarse de los Horarios de atención al Público
2. Presentar al momento de ser atendido su cedula de identidad vigente y su boleta de citación (parte).
3. Tratar respetuosamente al personal del Tribunal y cuidar las Instalaciones.
4. En la sala de audiencias se hace necesario se apaguen los teléfonos celulares, guardando así, debido respeto con el Magistrado, los funcionarios del tribunal, y los demás comparecientes.
A la ley 18.290, quedan sujetas todas las personas que, en calidad de peatones, pasajeros o conductores de cualquiera clase de vehículos, usen o transiten por los caminos, calles o vías públicas o aparcamientos y edificios de estacionamiento de acceso público.
Conoce el Juzgado de Policía Local de las simples infracciones a la Ley del Tránsito o de las que generan el resultado de daños o lesiones leves.
Dependiendo de la gravedad de estas, tipificadas por ley, estas pueden ser:
GRAVÍSIMAS
GRAVES
MENOS GRAVES
LEVES
Sanción: En general, las infracciones a la ley de tránsito se sancionan con Pena de Multa y / o suspensión de la Licencia de Conducir.
Beneficio: En caso de infracciones graves, menos graves o leves, que no hayan sufrido lesiones o daños y siempre que el infractor acepte la infracción y la multa, la Ley otorga la posibilidad de pagarla con rebaja de un 25%. Para ello, dentro de quinto día de cursada la infracción, el infractor deberá pagar la multa en la Tesorería de la Municipalidad. El comprobante de pago de la multa deberá exhibirse ante Carabineros o el Juzgado para la devolución de la licencia de conducir.
Caso A: Si la sentencia sólo aplica pena de multa. Debe cumplir la sentencia y solicitar la devolución de la licencia, lo que se hará una vez exhibido el comprobante de pago de la multa.
Caso B: Si la sentencia aplica pena de multa y suspensión de su licencia de conducir. Debe pagar y cumplir el plazo indicado por la sentencia, el cual empieza a correr desde el pago de la multa.
El infractor debe comparar y cumplir la sentencia que se le imponga por la infracción cometida.
El propietario del vehículo debe solicitar al Juez la devolución del mismo, acreditando que es el propietario y que el vehículo cuenta con seguro obligatorio al día.
En el mesón de atención al público se le proporcionará un formulario de solicitud de devolución, debe acompañar fotocopias del padrón y del SOAP.
Para la Circulación del vehículo, deberá cumplir con la regularización de la documentación legal del vehículo.
Sanción: Multa y / o clausura del local, decomiso de los bienes.
Importante: Serán responsables de las sanciones cometidas por dependientes, los dueños, empresarios o administradores de establecimientos).
Beneficio: (Para los casos 1 y 2) En caso de Aceptar la Infracción, la ley otorga al infractor la posibilidad de pagar de inmediato el 25% de la Multa a Carabineros ante el oficial de guardia de la unidad policial o el pago del 50 % de la multa, dentro de 5º día de citado al Tribunal.
En caso de no presentarse, podrá dictarse sentencia en su rebeldía (ausencia) a dictar sentencia, se ingresará la causa a la Unidad de Cumplimiento
Son Infracciones cursadas a un infractor que no se encuentra presente al momento de ser infraccionado o que no es posible notificar de la citación por encontrase el vehículo en movimiento.
El dueño del vehículo es responsable de proporcionar el nombre del infractor y/o dar cumplimiento a la sentencia que se imponga.
Beneficio: En caso de infracciones graves, menos graves o leves, que no hayan causado lesiones o daños y siempre que el infractor acepte la infracción y la multa, la Ley otorga la posibilidad de pagarla con rebaja de un 25%. Para ello, dentro de quinto día de cursada la infracción, el infractor deberá pagar la multa en la Tesorería de la Municipalidad.
El Tribunal enviará por única vez carta certificada al propietario, al domicilio registrado en el Registro de Vehículos Motorizados, del Registro Civil, señalando el día y hora en que debe comparecer.
Trámites:
En caso de no presentarse, se procederá en su rebeldía (ausencia) a dictar sentencia.
Se ingresará la causa a la Unidad de Cumplimiento y se enviarán los antecedentes para que sean ingresados en el Registro de Multas no Pagadas del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Mientras la anotación esté vigente, no podrá renovarse el Permiso de Circulación del Vehículo.
a) Elaborar y mantener actualizado el Plan Informático Estratégico en el cual se definan las Políticas, estrategias y procesos que garanticen la disponibilidad, confiabilidad, confidencialidad, integridad, eficiencia y eficacia de los productos Tecnológicos de Información y Comunicación (Ti) y de la infraestructura tecnológica, para el aseguramiento de la calidad de los productos, servicios y procesos relacionados.
b) Realizar estudios e investigaciones, planes y programas en materia Tecnología Información y Comunicaciones, que permitan la implantación de sistemas informáticos integrales de vanguardia y su equipamiento accesorio para modernizar, agilizar y hacer más eficientes las operaciones y los procesos administrativos municipales, para mejorar la calidad del servicio que se brinda a la Comunidad.
c) Realizar la implementación, seguimiento, verificación y evaluación de la implantación de sistemas informáticos integrales propuestos por la Dirección, a las distintas unidades municipales.
d) Elaborar, Ejecutar y mantener actualizada la Política y/o estrategias para la adquisición de softwares y equipos de computación necesarios para la automatización y simplificación de los procesos y servicios administrativos de la Municipalidad.
e) Planificar y Administrar el sistema de corrientes débiles (voz y datos), de la Municipalidad, debiendo actuar como contraparte técnica en la elaboración y ejecución de los proyectos de mantención y/o ampliación de las redes.
f) Proponer, actualizar, coordinar, ejecutar y difundir el Plan de Contingencias de «Tecnología Información y Comunicaciones (Ti)», definiendo los distintos cursos de acción y niveles de responsabilidad.
g) Asesorar y proponer, a las distintas unidades municipales, alternativas de solución a problemas operativos, mediante el uso de tecnologías de información y del uso de los equipos, programas y sistemas aplicativos que existen en la Municipalidad.
h) Administrar, actualizar y mantener en operatividad los programas aplicativos instalados en el DataCenter.
i) Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
j) Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
k) Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión proporcionados por las unidades a su cargo y remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la
l) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
a) Administrar, controlar y supervisar el desarrollo de sistemas informáticos para la ejecución de procesos municipales, elaborados por el personal del departamento o por proveedores externos de servicios.
b) Administrar, controlar y supervisar los sistemas de procesos municipales y la operatividad de los portales web transaccionales del Municipio.
c) Detectar, diseñar e informar al Director de alternativas de solución a problemas de gestión interna, en las distintas unidades municipales, mediante el uso de tecnologías de información y del uso de los equipos, programas y sistemas aplicativos que existen en la Municipalidad y su implementación, si fuese el caso.
d) Administrar, controlar, verificar y mantener actualizado el protocolo de uso de las cuentas de correo electrónico corporativo de la Municipalidad.
e) Establecer, controlar y actualizar una Política de Asignación de Equipos Computacionales a los funcionarios que determine el equipamiento y características técnicas mínimas que requiera cada unidad municipal, de acuerdo a las funciones que realiza, estableciendo modalidades para el cambio de equipos o migración de datos por cambio de hardware o software, fomentando la cultura del cuidado, conservación, eficiencia y buen uso de los equipos computacionales.
f) Establecer, controlar y actualizar una Política de Seguridad Informática preventiva y correctiva, que permita mantener protegido todo el hardware y software municipal, actualizando los programas antivirus y resolviendo las contingencias originadas por virus informáticos o códigos maliciosos.
g) Administrar, controlar y mantener actualizadas las licencias de todos los softwares y sistemas autorizados a operar en la plataforma municipal, sean de propiedad municipal o provista en los contratos o convenios con terceros.
h) Establecer, controlar, actualizar y ejecutar una Política de Mantención preventiva y correctiva del hardware y software autorizados a operar en la plataforma municipal.
i) Actuar de contraparte técnica en la confección de las Bases Técnicas de los llamados a Propuestas Públicas por la provisión e instalación de los servicios de Telefonía Fija, Móvil, Internet, Correo Electrónico y otros servicios atingentes al Departamento.
j) Administrar la parte técnica de los Contratos de Telefonía Fija, Internet, Correo Electrónico y otros servicios atingentes al Departamento.
k) Elaborar y mantener actualizado el inventario de todos los equipos de computación, periféricos, equipos de comunicación, programas computacionales y firmas electrónicas de todo el Municipio.
l) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
m) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
a) Ejecutar, establecer, controlar el correcto funcionamiento y seguridad de los servicios y servidores que operan en el DataCenter Municipal
b) Ejecutar, establecer, controlar y actualizar los estándares de seguridad y de operación del servicio de enlace de comunicaciones entre el Edificio Consistorial y sus diferentes dependencias municipales externas.
c) Ejecutar, establecer y controlar el mantenimiento preventivo y correctivo del uso de las redes de comunicación de voz y datos del Municipio.
d) Establecer, controlar y actualizar el Respaldo de las Bases de Datos e información almacenada en los servidores municipales.
e) Administrar, elaborar, registrar y mantener actualizado el inventario de accesos autorizados tanto a la red municipal, aplicaciones e Internet.
f) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
g) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
La Oficina de Organizaciones Comunitarias dependiente de la Dirección de Desarrollo Comunitario, tiene como objetivo promover la organización, consolidación y participación de las organizaciones comunitarias en el desarrollo de la comuna.
El programa se orienta al desarrollo de un trabajo asociado con los dirigentes de las organizaciones comunitarias, tanto funcionales como territoriales, de tal forma de contribuir a su crecimiento como tales, creando instancias que permitan determinar sus realidades, generando propuestas para la solución a sus problemas y necesidades, entregando las herramientas básicas para mejorar las condiciones de accesibilidad para la obtención de beneficios conducentes al mejoramiento de las condiciones de la vida y del entorno al que pertenecen.
Implementar y desarrollar acciones destinadas a potenciar y fortalecer la participación de la comunidad organizada en las distintas áreas del desarrollo de la comuna, ejecutando programas y/o proyectos tendientes a generar las condiciones óptimas para la adecuada participación de las organizaciones sociales; motivación, liderazgo, legalización e información entre otras.
El departamento de organizaciones comunitarias dependerá de la Dirección de Desarrollo Comunitario y tendrá como objetivo promover la organización, consolidación y participación activa de las organizaciones comunitarias territoriales, funcionales e intermedias en general de los habitantes de la comuna en su desarrollo social, cultural y económico
Contribuir a mejorar nexo entre el vecino cliente y la municipalidad.
Orientación en trámites municipales
Ingreso y seguimiento de documentos recibidos en la oficina, a través de sistema, para señor alcalde y demás unidades municipales
Entre las funciones del Depto. de Recursos Humanos establecidas anteriormente, como tal, es llevar el control sobre el personal, mantenerlos informados, instruirlos con respecto a sus derechos y deberes, respondiendo oportunamente a los requerimientos y necesidades de cada uno del personal municipal de planta, a contrata, prestador de servicios a honorarios suma alzada, prestador de servicios a honorarios por programas comunitarios y prestadores de servicios a honorarios otros programas, de acuerdo a materias ya citadas en le letra f ).
En conformidad a las normas legales, estatutarias que nos rige entre otras como la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, ley Nº 18.883 Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, el Depto. de Recursos Humanos de la Ilustre Municipalidad de Punitaqui, cuenta con su política de recursos humanos, reglamentos y manuales de procedimiento
a. Proponer y velar por el cumplimiento de las políticas para el Desarrollo y Gestión de Recursos Humanos.
b. Diseñar políticas e instrumentos que permitan mantener un adecuado clima organ izacional.
c. Diseñar y proponer la estrategia institucional relativa a formación de capital humano y gestión de la capacitación.
d. Diseñar y Gestionar las comunicaciones internas y mantener informado a las personas sobre los avances en materia de gestión municipal, proyectos estratégicos, gestión de personas y oportunidades de desarrollo laboral.
e. Diseñar y gestionar los servicios a las personas, mediante convenios que propicien redes de apoyo técnico que permitan la mejora continua en la calidad de vida laboral y familiar de los trabajadores.
f. Diseñar e implementar políticas de prevención y seguridad laboral de todos los trabajadores de la municipalidad.
g. Disponer, en forma oportuna y eficiente, los recursos humanos vitales para el desarrollo de las tareas municipales.
h. Conocer y mantener actualizada toda la legislación orgánica de jurisprudencia administrativa relativa a manejo de personas.
i. Supervisar y velar por el pago oportuno y exacto de las remuneraciones del personal municipal y control de las horas extraordinarias, pago de cotizaciones previsionales y de los descuentos variables de los mismos.
j. Velar por la adecuada designación y distribución de las personas en las diferentes unidades municipales y aplicar las normas sobre carrera funcionaria.
k. Instruir a las distintas unidades municipales sobre las materias técnicas de personal.
l. Estudiar, revisar y elaborar documentos tales como, decretos, resoluciones y oficios de trámites que digan relación con materias de personal.
m. Ejercer un rol fiscalizador y de control de la gestión del servicio de bienestar.
n. Atender toda otra materia que derive del Alcalde, de la Administración Municipal y/o de la Dirección de Administración y Finanzas.
Atender y orientar a la comunidad y público en general, en materias relacionadas con:
Orientar y proporcionar a los contribuyentes la información necesaria en relación con los requerimientos establecidos en la normativa vigente, para la obtención de la patente municipal, que ampare el ejercicio de las actividades comerciales, profesionales o de alcoholes, que se encuentran gravadas con el respectivo tributo
a. Estudiar, calcular, regular y controlar la percepcron de los ingresos municipales por concepto de patentes comerciales y otros que corresponda.
b. Mantener actualizado el rol de patentes municipales, calculando el cobro de las mismas.
c. Mantener actualizado el catastro de concesiones y permisos de ocupación de bienes nacionales de uso público otorgados y la percepción de ingresos por ese concepto.
d. Dar curso y gestionar las solicitudes de patentes municipales, cuando corresponda.
e. Proponer medidas tendientes a simplificar la tramitación y obtención de patentes municipales y la captación de nuevos contribuyentes.
f. Ejecutar acciones de fiscalización del comercio establecido, prestadores de servicios e industrias; de los deudores morosos y de la publicidad que se realice en la comuna.
g. Mantener un registro actualizado de las infracciones cursadas a cada contribuyente.
h. Proponer al Alcalde cuando corresponda, la clausura o cierre de establecimientos comerciales e industriales.
i. Efectuar, cuando corresponda, Convenios de pago con contribuyentes morosos e informar permanentemente a la Dirección de Administración y Finanzas la situación de morosidad de los contribuyentes, para proceder a la cobranza administrativa.
j. Atender toda otra materia que derive la Dirección de Administración y Finanzas.
OBJETIVO
Velar por el cumplimiento General de Cementerios y administrar el recinto de cementerio.
FUNCIONES
Cabe destacar que la Municipalidad está encargada sólo de la administración de la función de cementerio(s).
1.- Asesorar al Alcalde y al Concejo en la planificación de estrategias y políticas referidas a la administración del cementerio.
2.- Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con los servicios de cementerio incorporados a la gestión municipal.
3.- Administrar los recursos humanos, materiales y financieros de los servicios de cementerio traspasados, en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas.
4.- Ejercer la dirección administrativa y la gestión de los Cementerios Municipales, traspasados en virtud de la Ley Nº 18.096.
5.- Dar cumplimiento a las normas que sobre la materia establecen el Código Sanitario y el Reglamento General de Cementerios, contenido en el Decreto Nº 357, de 1970, del Ministerio de Salud, y Art. 92 nº 10.
6.- Gestionar los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para el normal funcionamiento del (los) cementerio (s) a su cargo.
7.- Otras funciones que la ley señale o que la autoridad superior le asigne.
a) Responsable directo de la administración integral del establecimiento.
Implica planificar, organizar, dirigir, controlar y coordinar las labores propias
de la unidad de acuerdo al Reglamento General de Cementerios y normas y
leyes que le competen.
b) Supervisar que los valores de los servicios vendidos estén de acuerdo a la
Ordenanza Municipal.
c) Velar por el adecuado cumplimiento de normas y procedimientos
establecidos, informando oportunamente a sus superiores sobre cualquier
anomalía.
d) Velar por el accionar de los funcionarios en el sentido que éste sea acorde
a la solemnidad que se requiere, conducta, vocabulario y uso de uniforme.
e) Velar porque se brinde la seguridad e higiene necesaria dentro de las
instalaciones del cementerio.
f) Visar cancelaciones de compras realizadas por caja chica entregando los
antecedentes de respaldo cuando el caso lo requiera a la Dirección de
Finanzas.
g) Anualmente deberá realizar evaluación de valores de los servicios vendidos
y elaboración de propuesta para el año que sigue, gestionando las
modificaciones en caso necesario.
h) Velar por la adecuada administración y optimización de recursos humanos y
financieros, maximizando el grado de satisfacción en los servicios
entregados.
i) Informar y/o solicitar en forma oportuna a sus superiores los
pronunciamientos y asesorías técnicas necesarias, sobre las cuales no
tenga facultad para decidir.
j) Análisis y planificación financiera con objeto de determinar los fondos
necesarios para una gestión eficiente.
k) Buscar un rendimiento óptimo entre la liquidez y rentabilidad, poniendo
especial atención en la solución de los desfases que se producen entre las
prestaciones de servicios y cobranza del Cementerio.
l) Atender público dando respuesta a las peticiones o inquietudes de éstos en
forma personal y oportuna de acuerdo a las necesidades y/o requerimientos
de estos.
m) Encargado directo de solucionar todos los problemas que se presenten con
los particulares en lo que respecta a sepulturas, responsable del control de
los trabajos de registros y estadísticas del servicio, manteniendo los
archivos en buen estado.
n) Extender certificaciones de los datos existentes en los registros de
inhumaciones que le fueren solicitadas y las relativas al registro de
propiedad de los terrenos o lugares destinados a sepulturas.
o) Velar por que se cumpla con los requisitos para autorizar exhumaciones y
otros en el Cementerio Municipal.
p) Planificar periódicamente las necesidades, de tipos de productos
demandados, proyectando su emplazamiento y posteriormente su
construcción.
q) En caso de deterioro de las propiedades por motivos de causa mayor,
realizará las reparaciones pertinentes, para lo cual se notificará a los
interesados, el daño y el monto de las reparaciones, quienes deberán
confirmar los daños dentro de los diez días hábiles a partir del día siguiente
de la notificación, en caso contrario los trabajos se realizarán a cuenta del
propietario quien debe aceptar las cantidades y costos que se inviertan.
r) Supervisar en terreno la ejecución de todo tipo de trabajo en el interior del
Cementerio.
s) Planificar, dirigir y coordinar el trabajo del personal a su cargo, evaluando
anualmente su desempeño.
t) Dar respuesta a solicitudes y consultas emanadas de Alcaldía y Direcciones
Municipales
u) Entrega de evaluación de su gestión semestralmente a Alcalde
a) Escribir y/o transcribir los diferentes documentos relacionados con el
Cementerio.
b) Mantener los archivos y carpetas actualizados, ordenados y en buen
estado.
c) Recibir, guardar y/o despachar oportunamente la correspondencia y demás
documentos relacionados con la oficina y controlar el recibo correcto por
parte del destinatario.
d) Atender las llamadas telefónicas y al público o funcionarios que se
presentan a la oficina.
e) Redactar la correspondencia que le indique el Administrador del recinto.
f) Controlar la existencia de útiles y papelería para la oficina.
g) Dar respuesta oportuna a los informes solicitados por el Alcalde, la Unidad
de Control Interno o cualquier otro organismo de control.
h) Poner en conocimiento de su superior inmediato las irregularidades o
anomalías relacionadas con los asuntos, elementos o documentos que se
encuentran bajo su responsabilidad.
i) Apoyar al Administrador en los análisis, estudios y reportes requeridos, así
como servir de enlace con el jefe directo en todas las actividades que
comprometan al despacho.
j) Mantener contacto directo con todos los departamentos con el fin de apoyar
al Administrador en las diferentes decisiones administrativas.
k) Preparar e implementar los procedimientos e instrumentos requeridos para
mejorar la prestación de los servicios a cargo de la entidad.
l) Tramitar todas las cuentas de consumo básico pertinentes a la
dependencia, solicitando visto bueno de administrador y el envío de la
boleta y/o factura por libro al departamento de finanzas para su
cancelación.
m) Desempeñar las demás funciones inherentes al cargo y que le sean
asignadas por su jefe directo.
a) Apoyar directamente al Administrador del Cementerio, velando por el buen
funcionamiento de este.
b) Estudiar y planificar coordinando con el Administrador del Cementerio y las
Unidades Municipales los procedimientos más adecuados para el
funcionamiento administrativo y operativo del Cementerio.
c) Atender público dando respuesta a las peticiones o inquietudes de éstos en
forma personal y oportuna.
d) Coordinar y reunirse una vez al mes con cada departamento que integra el
cementerio, para apoyar en los problemas presentados y plantear
soluciones. Apoyándolos a mejorar los procesos establecidos.
e) Responsable en el manejo de inventarios, velando por altas y bajas de
especies inventariables del Servicio.
f) Responsable de la administración del personal y su adecuado
entrenamiento y desarrollo en las labores encomendadas de acuerdo a los
objetivos del Cementerio.
g) Programar los trabajos diarios y los horarios del personal a su cargo
incluyendo los horarios de turno de los días sábado, domingo y festivos.
h) Controlar la asistencia, horas extras y retrasos del personal por medio de
reloj control, libro de permisos autorizados, feriados y ausencias legales
estipuladas, organizando vacaciones y necesidades humanas, informando y
coordinando con el departamento de personal de la Municipalidad.
Manteniendo dicha información actualizada en el Cementerio.
i) Mantener copia actualizada de las carpetas del personal que trabaja en el
Cementerio.
j) Efectuar precalificaciones del personal a su cargo.
k) Velar por el cumplimiento de las normas con respecto al personal en lo
referido a asistencia, inasistencia y permisos otorgados.
l) Mantener actualizados los libros y/o archivos de registros del Cementerio
municipal (libro de registro de propiedades de Mausoleos, Nichos y
Sepulturas en tierra Perpetua, libro de inhumaciones, libro de títulos de
dominio de sepulturas de familias y sus transferencias, archivo de planos de
construcciones ejecutadas en el cementerio, realizadas tanto por personal
interno como externo, libro de visitas en período normal y libro de firmas
horarias de trabajo del personal municipal).
m) Encargado de informar problemas relacionados a sepulturas, o en su
defecto remitirlo a sus superiores con los antecedentes y documentos
pertinentes.
n) Velar por la mantención necesaria a las calles internas del cementerio,
jardines e infraestructura en general.
o) Apoyar a Administrador del Cementerio en todas las actividades que este
estime necesarias.
a) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con el medio ambiente.
b) Velar por el cumplimiento de las normas ambientales, así como el cumplimiento de programas y planes que impartidos por el Ministerio de Medio Ambiente de ejecución en la comuna.
c) Elaborar el anteproyecto de ordenanza ambiental municipal.
d) Velar por la construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna, que se encuentren en bienes nacionales de uso público o de dominio municipal.
e) Velar por el fiel cumplimiento de los contratos suscritos con terceros relacionados con las funciones de la dirección.
f) Incorporar la dimensión ambiental en la gestión municipal y, proponer y articular políticas y programas ambientales municipales o comunales, a través de la coordinación y asesoría de las diversas Direcciones Municipales y demás organizaciones funcionales de la comuna.
g) Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
h) Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
i) Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión proporcionados por las unidades a su cargo y remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.
j) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director.
a) Desarrollar, implementar, controlar y ejecutar la Evaluación Estratégica Municipal, contemplada en la Ley N° 19.300.
b) Asesorar a Alcaldía y al Concejo Municipal, en materias vinculadas con la temática ambiental comunal.
c) Proponer y colaborar con los organismos municipales en la formulación de los criterios ambientales que deben ser incorporados en la elaboración de las políticas, evaluaciones ambientales estratégicas y procesos de planificación.
d) Proponer convenios de colaboración con servicios públicos destinados a adoptar las medidas necesarias para asegurar la integridad, conservación y reparación del medio ambiente local, así como la educación ambiental y la participación ciudadana.
e) Proponer e implementar lineamientos ambientales en la gestión municipal, para que se incorporen las consideraciones ambientales del desarrollo sustentable, al proceso de formulación de las políticas y planes de carácter normativo general, que tengan impacto sobre el medio ambiente o la sustentabilidad, a través de la coordinación y asesoría a las Direcciones Municipales.
f) Diseñar e implementar programas y acciones de sensibilización ambiental con los distintos actores sociales que intervienen en la comuna.
g) Emitir el pronunciamiento solicitado por los proponentes de proyectos o actividades, en conformidad al inciso primero del artículo 9° ter, de la Ley N° 19.300 en sus Estudios o Declaraciones de Impacto Ambiental.
h) Proponer a Alcaldía con el apoyo de la Dirección de Asesoría Jurídica, las acciones judiciales correspondientes por el daño o perjuicio ocurrido, por daño ambiental en la comuna.
i) Evaluar el mérito, con el apoyo de la Dirección de Asesoría Jurídica, de la solicitud que cualquier persona presente a la Municipalidad, para que ésta deduzca, en su nombre, acción por daño ambiental.
j) Proponer y preparar, obtener la aprobación y desarrollar programas de educación, promoción y difusión ambiental orientados a la creación de una conciencia comunal sobre la protección del medio ambiente, desarrollo sustentable, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental y a promover la participación ciudadana responsable en estas materias. Dichos programas se podrán ejecutar directamente o en colaboración con otros organismos públicos.
k) Proponer la dictación de normas municipales relativas al medio ambiente y la diversidad.
l) Establecer convenios con organizaciones públicas que faciliten el tratamiento de los temas ambientales, su análisis, prevención y solución.
m) Difundir a los organismos públicos o privados la estrategia o política comunal municipal en materias de medio ambiente.
n) Gestionar la promoción y fomento del medioambiente y de la salud de los habitantes de comuna mediante acciones educativas.
o) Coordinar a los demás servicios municipales y elaborar los anteproyectos de ordenanzas relativas al medio ambiente, destinadas a la preservación, conservación, mejoramiento y recuperación del medio ambiente.
p) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con medio ambiente, por ejemplo, la prevención y promoción de la salud ambiental de los habitantes de la comuna, la higiene ambiental, el reciclaje, uso de energías, entre otros.
q) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de la situación ambiental en la comuna.
r) Aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la comuna que sean de competencia municipal.
s) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
t) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
Velar por los bienes nacionales de uso público de administración municipal y los bienes municipales entregados a uso público.
a) Velar por la construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna, que se encuentren en bienes nacionales de uso público o de dominio municipal.
b) Estudiar y proponer proyectos de forestación y áreas verdes de la comuna, para lo cual deberá coordinarse con la Dirección de Obras Municipales y la Secretaría Comunal de Planificación.
c) Ejecutar, directamente o a través de contratistas, la mantención, construcción y reconstrucción de plazas, parques y otras áreas verdes de la comuna.
d) Colaborar en la protección y defensa de las áreas verdes públicas de la comuna.
e) Elaborar las Bases Técnicas para efectuar los llamados a Propuesta Pública de Concesión de la mantención de las áreas verdes de la comuna.
f) Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración de los proyectos o diseños que consideren la construcción, reposición y/o mejoramiento de parques, plazas, jardines, sistemas de riego y otros relacionados a áreas verdes.
g) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las áreas verdes de la comuna, incluyendo entre otros, el mobiliario urbano y medidores de agua por consumo de regadío.
h) Elaborar estadísticas y análisis del consumo de agua para regadío potable de las áreas verdes de la comuna, que se encuentren en bienes nacionales de uso público o de dominio municipal.
i) Ejecutar, directamente o a través de contratistas, la mantención, construcción y reconstrucción de plazas, parque y otras áreas verdes de la comuna.
j) Efectuar las evaluaciones periódicas sobre el estado de conservación de las áreas verdes de la comuna.
k) Velar por la mantención, reparación y reposición del mobiliario urbano, que formen parte de los contratos de áreas verdes que están bajo su competencia.
l) Realizar las evaluaciones y aprobar, si fuese el caso, los proyectos de áreas verdes de urbanizaciones y/o loteos que presenten organismos públicos y/o privados.
m) Contraparte técnica en las especialidades de áreas verdes en la recepción de todos los proyectos ejecutados por la Municipalidad como Unidad Técnica.
n) Realizar funciones de inspección en los Contratos de Mantención de las Áreas Verdes de la comuna ejecutados por la Municipalidad en forma directa o a través de terceros.
o) Realizar fiscalización técnica en los contratos de ejecución de obras, el área de su competencia, que ejecute la Municipalidad directamente o a través de terceros, financiados con fondos municipales y/o externos.
p) Elaborar estadísticas de las actividades que realiza el Departamento, con la finalidad de construir indicadores de gestión.
q) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Director de acuerdo a los cuerpos legales vigentes.
Instancia de participación ciudadana, instaurada en 2011 con la promulgación de la Ley 20.500, Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública y que tiene como objetivo la representación participativa de la comunidad local, en el progreso económico, social y cultural de la comuna. Mediante su carácter consultivo, pueden apoyar el cumplir con el objetivo de incidir en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas comunales, sectoriales y en la propia gestión del municipio. Su conformación depende del número de concejales en ejercicio. Para la comuna de Las Condes, está compuesto por no menos de 20 ni más de 30 miembros que se integran en 5 estamentos: Organizaciones Comunitarias Territoriales; Organizaciones Comunitarias Funcionales; Organizaciones de Interés Público; Organizaciones Gremiales y Asociaciones Sindicales; y Entidades Relevantes.
Mediante la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, modificada por la Ley N° 20.500, Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, se le encomiendan como funciones:
La Oficina Municipal de la discapacidad brinda apoyo asistencial, técnico y orientación a las personas en situación de discapacidad y sus familias, así como a usuarios que son pacientes postrados. También desarrolla actividades para difundir y convocar a eventos dentro de la comunidad que fomenten la inclusión y participación ciudadana de las personas en situación de discapacidad.
Su gestión se divide en dos áreas: Comunitaria (que trabaja con la comunidad y con las agrupaciones de personas en situación de discapacidad y familias) y el área Asistencial, que atiende directamente casos asignados para beneficios sociales o ayudas técnicas.
Principales funciones:
• Apoyar a los usuarios/as y agrupaciones de personas con discapacidad en torno a sus necesidades.
• Orientar a los/as usuarios/as en torno a la tramitación de credenciales de discapacidad.
• Orientar a los/as usuarios/as en torno a la tramitación de Pensión de Invalidez.
• Orientar a los/as usuarios/as en torno a la tramitación de la Asignación Familiar DUPLO.
• Asesoría y postulación de ayudas técnicas a través de SENADIS.
• Trabaja en conjunto con las diversas agrupaciones de personas con discapacidad orientando y colaborando en la postulación a proyectos sociales y otras actividades.
• Realización de actividades de entretención, sensibilización y educación en torno a temáticas vinculadas a la discapacidad.
La Oficina Municipal de la discapacidad brinda apoyo asistencial, técnico y orientación a las personas en situación de discapacidad y sus familias, así como a usuarios que son pacientes postrados. También desarrolla actividades para difundir y convocar a eventos dentro de la comunidad que fomenten la inclusión y participación ciudadana de las personas en situación de discapacidad.
Su gestión se divide en dos áreas: Comunitaria (que trabaja con la comunidad y con las agrupaciones de personas en situación de discapacidad y familias) y el área Asistencial, que atiende directamente casos asignados para beneficios sociales o ayudas técnicas.
Principales funciones:
• Apoyar a los usuarios/as y agrupaciones de personas con discapacidad en torno a sus necesidades.
• Orientar a los/as usuarios/as en torno a la tramitación de credenciales de discapacidad.
• Orientar a los/as usuarios/as en torno a la tramitación de Pensión de Invalidez.
• Orientar a los/as usuarios/as en torno a la tramitación de la Asignación Familiar DUPLO.
• Asesoría y postulación de ayudas técnicas a través de SENADIS.
• Trabaja en conjunto con las diversas agrupaciones de personas con discapacidad orientando y colaborando en la postulación a proyectos sociales y otras actividades.
• Realización de actividades de entretención, sensibilización y educación en torno a temáticas vinculadas a la discapacidad.
Apoyar, en forma directa, el desarrollo de las actividades protocolares de la máxima autoridad Alcaldicia y tendrá las siguientes funciones generales:
a) Colaborar en la atención de situaciones que requieren el pronunciamiento o decisión directa del Alcalde, referentes a las labores de la Dirección.
b) Programar, coordinar y supervisar las actividades protocolares del Alcalde.
a) Mantener oportunamente informada a la comunidad sobre las actividades municipales y otras que sean de interés ciudadano.
b) Mantener informado al Alcalde sobre asuntos relativos a la administración municipal, que se publiquen o transmitan a través de los medios de comunicación social o directamente por los habitantes de la Comuna.
c) Asesorar al Alcalde en todas las materias relativas a actividades de relaciones públicas, comunicación social y protocolares, programando y apoyando el desarrollo de aquellas.
d) Mantener un archivo actualizado de aquellas publicaciones relacionadas con la Administración Comunal.
e) Asesorar y apoyar a todas las Direcciones en lo relacionado con labores de su especialidad, en las circunstancias que el Alcalde o las Direcciones lo precisen.
f) Diseñar y/o actualizar anualmente manuales de procedimientos de su dirección e informar al Administrador Municipal.
g) Confeccionar y/o actualizar anualmente los descriptores de cargos de su Dirección, en coordinación con la Dirección Gestión de Personas, e informar al Administrador Municipal.
h) Coordinar con la Dirección de Asesoría Jurídica, la actualización y mantención y procurar, a través de la página web, los antecedentes indicados en el artículo 7° de la Ley N° 20.285.
i) Sistematizar cada uno de los indicadores de gestión remitirlos al Administrador Municipal, para la elaboración del Informe de Gestión de la Municipalidad de Antofagasta.
j) Todas aquellas demás funciones que le asigne el Alcalde, de acuerdo a los cuerpos legales vigentes, vinculadas al cargo de Director.
a) Colaborar en la atención de situaciones, que requieren el pronunciamiento o decisión directa del Alcalde.
b) Participar y supervisar el desarrollo de materias relativas a atención de público, audiencias y lo atingente a materia directa del alcalde.
c) Programar, organizar y administrar la agenda e intervenciones públicas del alcalde.
d) Programar, coordinar y supervisar actividades protocolares del Alcalde.
e) Establecer y proponer fórmulas, que permitan conocer y recoger necesidades de la comunidad.
f) Agilizar las respuestas del municipio ante necesidades de la comunidad.
g) Coordinar el desarrollo de ceremonias, actos y actividades afines al municipio que tengan presencia directa del alcalde.
h) Depende de esta unidad el Departamento de Comunicaciones.
CARGO | NOMBRE | FONO |
ALCALDE | LJUBICA KURTOVIC | |
SECRETARIA | DANIELA GOMEZ | |
ADM.MUNICIPAL | JHONATTAN ORTIZ | |
JEFE GABINETE | DARIO ROJAS | |
ADMINISTRATIVO | JOSE VERGARA | |
ASESOR JURIDICO | SEBASTIAN OLIVARES |
CARGO | NOMBRE | FONO |
SECRETARIA | FRANCISCA GATICA |
CARGO | NOMBRE | FONO |
SECRETARIO MUNICIPAL | ERICH BEHRENS ARRIETA | |
SECRETARIA | MIRTA RIVERA GÓMEZ | |
SECRETARIA | MERCEDES RODRIGUEZ |
CARGO | NOMBRE | FONO |
DIRECTOR | IVAN MIERES | |
MEDIO AMBIENTE | YASSET EGAÑA | |
PRESUPUESTO Y RENDICIONES | HELGA ROJAS | |
LICITACION Y COMPRA | CAROLINA ALFARO | |
ARQUITECTO | IVAN MIERES |
CARGO | NOMBRE | FONO |
DIRECTORA | CAMILA ALFARO MONDACA | |
SECRETARIA FINANZAS | KARLA CACERES | |
REMUNERACIONES | NATALIA FLORES | |
ADQUISICIONES | CAROLINA ARANCIBIA | |
FINANZAS | GERMAÍN PALMA | |
PAGO PROVEEDORES | ROSA ESPEJO |
CARGO | NOMBRE | FONO |
TESORERA | ISABEL RODRIGUEZ FERDINAND | |
ADMINISTRATIVA | CAROLINA CRUZ |
CARGO | NOMBRE | FONO |
ENCARGADO | JUAN GOMEZ |
CARGO | NOMBRE | FONO |
ENCARGADO DE RENTAS | JAIME GUERRA | |
ADMINISTRATIVO | SANDRA MORALES |
CARGO | NOMBRE | FONO |
DIRECTOR CONTROL | ELVIS JERALDO GALARCE | |
SECRETARIA CONTROL | ANA QUEZADA | |
CONTROL | NEVENKA RUSIN |
CARGO | NOMBRE | FONO |
ENCARGADO | CARLOS ARAYA | |
SECRETARIA | CAROLINA OVIEDO | |
SECRETARIA | ALICIA VILLALÓN |
CARGO | NOMBRE | FONO |
DIRECTOR | JAVIER ARAYA SALAMANCA | |
SECRETARIA | DANIELA VILLEGAS | |
PROFESIONAL | VICENTE OLIVARES | |
PROFESIONAL | JOSE MIGUEL SANTIBAÑEZ | |
PROFESIONAL | ADRIAN RIQUELME |
CARGO | NOMBRE | FONO |
DIRECTOR | JAVIER CARMONA JOFRE | |
SECRETARIA | CAROL RIOS | |
LICENCIAS DE CONDUCIR | ELIZABETH SANTANDER |
CARGO | NOMBRE | FONO |
ENCARGADO | JOSE MIGUEL NADAL | |
SECRETARIA | DRINA BRAVO |
CARGO | NOMBRE | FONO |
SECRETARIO DE POLICIA LOCAL | SERGIO CARVAJAL | |
SECRETARIA | ||
Actuaria |
CARGO | NOMBRE | FONO |
JEFE DE OPERACIONES | FERMIN GOMEZ | |
SECRETARIA | ANITA RODRIGUEZ | |
PORTERÍA | GUARDIA |
CARGO | NOMBRE | FONO |
INFORMATICO | WILLIAM ALVARADO MONARDES | |
INFORMATICO | SEBASTIAN CAMPBELL | |
INFORMATICO DAEM | CLAUDIO RAMIREZ CARVAJAL |
CARGO | NOMBRE | FONO |
DIRECTOR | JORGE RAMOS | |
ORG. COMUNITARIAS | CLAUDIA HIDALGO | |
SECRETARIA | NATALIA VILLAROEL | |
RECEPCION | MARIA CORTES | |
ASISTENTE SOCIAL | ARNOLDO RIQUELME | |
ASISTENTE SOCIAL | PAULA CISTERNAS | |
SUBSIDIO AGUA | VERONICA RUBIO | |
REGISTRO SOCIAL DE HOGARES | ELIANA ALVARADO | |
SUBSIDIO FAMILIAR |
| |
COORDINADORA SSYO | AMBAR YUCRA | |
COORDINADORA MJH | CECILIA NUÑEZ | |
FOMENTO PRODUCTIVO | KARIN DIAZ | |
PROGRAMA CALLE | JOCELYN TELLO | |
DIDECO | PAULA ARAYA |
CARGO | NOMBRE | FONO |
DIRECTOR | Victor Alvarado | (55)2426402 |
SECRETARIA | Rosa Olmos | (55)2426404 |
FINANZAS | Rosa Inostroza | (55)2426414 |
C.EXTRAESCOLAR | Camila Figueroa | (55)2421324 |
ARQUITECTO | Hernan Vazquez | (55)2426439 |
SECRETARIA | Darinka – Leonor | (55)2426410 |
ADMINISTRATIVA | Denisse Herrera | (55)2426403 |
CONV.ESCOLAR | Rosa Curiqueo | (55)2421324 |
CARGO | NOMBRE | FONO |
PABLO NERUDA | Alejandro De La Fuente | (55)2426416 |
ARTURO PRAT | Edith Varas | (55)2426418 |
EE.UU | Gloria Rojas | (55)2813151 |
CARLOS CONDELL | Maria del C. Rojas | (55)2426424 |
PEDRO AGUIRRE CERDA | Danyeli Paez | (55)2426414 |
BERNARDO OHIGGINS | Fresia Cortes | (55)2426428 |
GABRIELA MISTRAL | Rene Pizarro | (55)2426426 |
SAGRADA FAMILIA | Mario Rojas Martinez | (55)2857396 |
DOMINGO LATRILLE | Juana Segovia Aran | (55)2426420 |
DIEGO PORTALES | Yerko Echeverria | (55)2426422 |
BIBLIOTECA MUNICIPAL | |||
ENCARGADA | XIMENA VERA |
| |
CEMENTERIO | |||
ADM. CEMENTERIO | ISABEL CORTES MARIN |
| |
SENDA | |||
ENCARGADO | MARIO MERCADO |
| |
OMIL | |||
ENCARGADA | KEYDI PEÑA PEÑA |
| |
MEDIO AMBIENTE | |||
ENCARGADO PDA | VERONICA CAMPOS |
| |
CENTRO DE LA MUJER | |||
COORDINADORA | NATALIA MARAMBIO |
| |
OPD | |||
COORDINADORA | ILICH ARAYA |
| |
SERNAC | |||
ENCARGADA | NATALIA VILLAROEL |
| |
FOMENTO PRODUCTIVO | |||
ENCARGADA | KARIN DIAZ |
| |
CASINO MUNICIPAL | |||
| |||
CENTRO DEL ADULTO MAYOR | |||
ENCARGADO | ANTONIA MUENAS |
| |
TEATRO | |||
ENCARGADO | CRISTIAN NICULCAR |
|
a. Promover la formación y constitución de organizaciones comunitarias territoriales y funcionales, y en general la integración y participación de los vecinos al desarrollo de la comuna.
b. Asumir las tareas de canal de comunicación entre el municipio y las organizaciones comunitarias.
c. Asesorar técnicamente a las organizaciones comunitarias respecto de la normativa que los rige y en la solución de los problemas que le afecten, fomentando su desarrollo y legalización.
d. Asesorar técnicamente a las organizaciones de la comuna en la presentación de proyectos y solicitud de subvenciones al municipio; asimismo, gestionar y tramitar las subvenciones otorgadas.
e. Asesorar a las organizaciones comunitarias en el cumplimiento de la normativa vigente que les afecta y en los procedimientos que regulan la generación y funcionamiento de éstas.
f. Mantener actualizado el registro comunal de organizaciones comunitarias existentes y de sus respectivos directorios.
g. Asesorar a las juntas de vigilancias, de administración y vecinos en general, respecto de la aplicación de la normativa sobre copropiedades.
h. Cumplir las funciones específicas que le encomiende la normativa vigente.
i. Atender toda otra materia que derive la Dirección de Desarrollo Comunitario.